Se recogieron muestras del medicamento en diversos municipios de Cuscatlán, San Salvador, La Libertad, Ahuachapán, Santa Ana y La Paz.
El Centro para la Defensa del Consumidor (CDC) y Enlace de las Asociaciones de Consumidores y Consumidoras de El Salvador (ENLACES) interpusieron una denuncia, ante la Defensoría del Consumidor, en contra la empresa fabricante, importadora y distribuidora del medicamento estomacal Pepto-Bismol, por incumplir la Ley de Protección al Consumidor y violar la norma de etiquetado de productos preempacados.
De acuerdo a la denuncia, el fabricante regional, Procter & Gamble Manufactura S. de R.L.C.V., la empresa distribuidora en la región, Procter & Gamble International Operations S.A., y la importadora, la empresa C. INBERTON S.A. de C.V., violaron el derecho básico de las y los consumidores de recibir información completa, precisa, veraz, clara y oportuna que determine las características de los productos y servicios a adquirir, obligación a cargo del proveedor tal como lo establece el artículo cuatro letra “a” relacionado con el ocho; veintisiete letras “a”, “d”, e inciso tercero; veintiocho incisos segundo, tercero y final, de la Ley de Protección al Consumidor.
De igual manera, las impresas incumplieron los apartados 6 y 7.1 de la Norma Salvadoreña Obligatoria NSO 17.08.07:04 que contiene los Requerimientos de Etiquetado para Productos Preempacados.
Así mismo existe una violación de los apartados 5 y 6.2 del Reglamento Técnico Centroamericano sobre el Etiquetado de Productos Farmaceuticos para uso Humano.
De acuerdo a representantes de las asociaciones demandantes, a raíz de una serie de denuncias que que se hicieron en el programa de radio “La Voz del Consumidor”, que el CDC transmite a través de YSUCA, sobre que el producto medicinal, conocido comercialmente con el nombre de “Pepto-Bismol”, no contenía fecha de vencimiento o caducidad del producto, se inició una investigación por parte de las Asociaciones de Consumidores y Consumidoras que conforman ENLACES.
Se recolectaron muestras del medicamento antes aludido en diferentes presentaciones y en diversos municipios de Cuscatlán, San Salvador, La Libertad, Ahuachapán, Santa Ana y La Paz.
Ante esta situación el CDC pide a la Defensoría del Consumidor:
- Se realice la verificación correspondiente a efectos de comprobar la infracción por parte de las empresas a las disposiciones legales antes citadas.
- Se incie el procedimiento sancionatorio en aplicación del artículo 143 literales “b” y “d” de la Ley de Protección al Consumidor.
- Se aplique la sanción correspondiente a las empresas denunciadas, y que resulten responsables en el procedimiento sancionatorio por la omisión generalizada, sistemática y lesiva a los derechos básicos a la información, a la seguridad y calidad, de los consumidores.